En el contexto actual de la pandemia de coronavirus en México, las importaciones de insumos sanitarios y equipo médico siguen siendo esenciales no solo para la primera línea de defensa en hospitales y servicios básicos, sino también para una eventual normalización de la actividad económica e industrial con la vacunación en marcha.
Con esto en cuenta, y como informamos en su momento en este blog, la Secretaría de Salud federal liberó las compras públicas y la importación de insumos y agentes de diagnóstico sin necesidad de tramitar el permiso sanitario de importación.
Aunado a ello, y dada la extensión del confinamiento, es común que surjan oportunidades de asociarse con algún proveedor extranjero que ofrezca un buen precio y un stock continuo de equipos de protección individual (EPI) como cubrebocas, batas, gafas o guantes de grado médico.
Requisitos para importar de insumos sanitarios y equipo médico
Como en cualquier tipo de importación, para ingresar insumos sanitarios y equipo médico lo primero que tiene que hacer es pedir a su proveedor la ficha técnica del producto a fin de realizar la clasificación arancelaria.
Con este dato es posible saber si se debe solicitar un permiso sanitario o si solamente de deberá cubrir la documentación básica y el impuesto general de importación (IGI o arancel) correspondiente.
NOTA: Como medida antidumping (prácticas de subvaluación), en la Resolución que modifica los Anexos 2, 3 y 4 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se establecen precios estimados aplicables a ciertos productos textiles y de confección de modo que, cuando la mercancía a importar tenga un precio inferior al de referencia, se deberá emitir un aviso automático a través de Ventanilla Digital (VUCEM).
Finalmente, la fracción arancelaria señalará las restricciones y regulaciones no arancelarias aplicables, como la necesidad de contar con el registro vigente al padrón sectorial, o el debido cumplimiento de las normas de etiquetado correspondientes (NOM de Información Comercial).
Con esto en cuenta podemos identificar 3 grupos de insumos para la salud de acuerdo con sus requisitos de importación. A continuación le damos unos ejemplos:
- Con documentación básica
Producto sanitario | Arancel y requisitos |
4015.19.99 Guante de látex común (no quirúrgico). | IGI de 15%, norma de etiquetado. |
9004.90.99 Gafas protectoras y de seguridad. | IGI de 10%. |
3926.20.99 protectores faciales de plástico (caretas) y prendas de protección para ambos sexos hechas de plásticos con respaldo textil (batas, gorros, zapatones). | IGI de 15%, norma de etiquetado. |
- Con precio estimado
Producto sanitario | Arancel y requisitos |
6307.90.99 Mascarillas quirúrgicas, cubrebocas desechable de tela no tejida y respiradores con filtro de particulas N95. | IGI de 10%, norma de etiquetado, permiso automático, padrón sectorial textil, precio estimado 1.05 dólares/pieza. |
- Con permiso sanitario
Producto sanitario | Fracción arancelaria y requisitos |
9025.19.03 Termómetros infrarrojos. | IGI exento, permiso sanitario de COFEPRIS o copia de registro Secretaría de Salud, norma de etiquetado. |
3822.00.03 Reactivos de diagnóstico o de laboratorio (para pruebas de COVID-19) | IGI exento, permiso sanitario de COFEPRIS o copia de registro Secretaría de Salud. |
2208.90.01 Solución de alcohol. | IGI de 10%, permiso sanitario de COFEPRIS, norma de etiquetado. |
Para evitar retrasos en la entrega de sus productos por una clasificación errónea o falta de documentación, su empresa puede importar mercancías e insumos médicos a través de una comercializadora, es decir, una compañía que presente en su nombre los trámites, cubra los aranceles y regulaciones y restricciones no arancelarias, realice la operación de compraventa y ejecute la logística de traslado desde la bodega del proveedor hasta sus almacenes.